CURSOS DE RECICLAJE PARA EMPRESAS

Certificación oficial garantizada.

Diseñamos e impartimos cursos de reciclaje presenciales y online, así como programas de especialización y formación permanente para vigilantes de seguridad privada.

Nos especializamos en defensa personal, por tal motivo, el curso de reciclaje en defensa personal ocupa un lugar destacado, ya que requiere una actualización constante para mantener a los vigilantes preparados ante situaciones reales.

Contamos con docentes en activo y una metodología práctica, que garantizan el cumplimiento normativo y mejoras reales en la calidad del servicio.

Además, somos el único centro en Barcelona que combina formación acreditada en seguridad privada con una escuela especializada en defensa personal, ofreciendo instalaciones propias y programas oficiales avalados por el SOC, SEPE y el Ministerio del Interior.

Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

El reciclaje obligatorio en Seguridad Privada es más que una simple normativa: es una oportunidad estratégica para su negocio. Con nuestros cursos de reciclaje para vigilantes de seguridad, tu empresa no solo evitará sanciones por incumplimiento, sino que también al convertir esta obligación en una ventaja competitiva, sus vigilantes estarán mejor preparados para los desafíos actuales, ofreciendo un servicio de seguridad más eficaz y profesional que, en última instancia, beneficia la imagen y la operativa de su empresa.

¿Por Qué Elegir la Academia BRAFOR?

Cumplimiento legal

Gestión del calendario y trazabilidad de asistencia para auditoría interna y externa.

Flexibilidad real

20 horas anuales por vigilante (hasta el 50% online), con turnos adaptados.

Profesores en activo

Contenidos actualizados, casos reales y estándares operativos vigentes.

Prestigio y experiencia

Preparación reconocida en el sector de la seguridad privada.

José-Luis Bravo, director

La escuela está dirigida por José-Luis Bravo, docente, formador de formadores y especialista en seguridad, con más de dos décadas de experiencia en el sector. Su trayectoria incluye formación continua en Israel —cuna de métodos avanzados de seguridad—, experiencia directa en vigilancia, control de accesos y escolta, y colaboraciones con instituciones policiales y militares. Su pasión por la enseñanza lo llevó a fundar BRAFOR, un centro que hoy combina rigor académico, experiencia práctica y reconocimiento oficial.

Cómo trabajamos

Si un vigilante de seguridad decide no hacer la formación permanente anual obligatoria, es una infracción tasada como grave en el art. 58.2.i de la Ley 05/2014, la cuál viene aparejada con las sanciones del artículo 62 de la misma ley (de 1.001€ a 6.000€) y/o la suspensión temporal de la habilitación por un plazo de entre seis meses y un año.

En nuestro modelo de formación seguimos un proceso estructurado y transparente, pensado para garantizar calidad, trazabilidad y resultados medibles. Desde la auditoría inicial hasta el informe de cierre, cada fase está orientada a cubrir las necesidades del servicio y aportar valor tanto al equipo como al cliente final.

Auditoría inicial

Dimensionamos colectivos, turnos y necesidades por puesto

Ejecución flexible

Creamos calendarios por centro/turno, sedes en empresa o en nuestras aulas, y campus online.

Evaluación y evidencia

Pruebas, actas, certificados y entregables para inspección/cliente final.

Informe de cierre

KPIs, asistencia, logros y plan de mejora continua.

Cursos de reciclaje

Formación permanente

Nuestro objetivo es claro: formar profesionales altamente cualificados, preparados para afrontar los retos de la seguridad y la enseñanza en el mundo actual. Para ello, ofrecemos cualificaciones y habilitaciones profesionales avaladas por el SOC, SEPE, Ministerio del Interior y Policía Nacional, así como programas reglados, no reglados y formación a medida adaptados a las necesidades del mercado laboral, empresas e instituciones.

ACTUALIZACIÓN Y ESPECIALIZACIÓN EN DEFENSA PERSONAL

20 horas

SEAD0195

VIGILANTE DE EXPLOSIVOS

30 horas

SEAD0201

VIGILANCIA CON APARATOS DE RAYOS X

20 horas

SEAD0189

DETECCIÓN DE EXPLOSIVOS

20 horas

SEAD0198

VIGILANCIA EN CENTROS COMERCIALES

20 horas

SEAD0187

VIGILANCIA EN EVENTOS DEPORTIVOS Y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS

20 horas

SEAD0186

VIGILANCIA CON PERROS

20 horas

SEAD0178

Cursos de reciclaje

Otros programas y especializaciones

 

  • Operativa de centros de control
  • Control de accesos y planes de emergencia
  • Atención al ciudadano y planes de emergencias
  • Primeros auxilios
  • Menores en conflicto con la ley
  • Actuación ante situaciones conflictivas
  • Actualización jurídica para vigilantes
  • Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en seguridad
  • Manejo de CCTV y equipos radiológicos
  • Incendios y primeros auxilios

Beneficios para tu organización

La implementación de cursos de reciclaje en seguridad privada no solo cumple con la normativa, sino que también fortalece a tu equipo y aporta valor directo a tu empresa. Más allá de actualizar conocimientos, estos programas garantizan el control del riesgo legal, mejoran la respuesta operativa y refuerzan la motivación del personal, impactando de forma positiva en la reputación y competitividad de tu organización.

Riesgo legal controlado

Cumplimiento y evidencias ante auditoría o cliente.

Servicio más robusto

Protocolos actualizados y mejor respuesta ante incidencias.

Motivación y retención

Itinerarios que profesionalizan y fidelizan al equipo.

Imagen y reputación

Alineación con buenas prácticas del sector.

la mejor formación a tu alcance

Si un vigilante de seguridad decide no hacer la formación permanente anual obligatoria (cursos de reciclaje), es una infracción tasada como grave en el art. 58.2.i de la Ley 05/2014, la cuál viene aparejada con las sanciones del artículo 62 de la misma ley (de 1.001€ a 6.000€) y/o la suspensión temporal de la habilitación por un plazo de entre seis meses y un año.

Preguntas frecuentes

¿Quién debe realizar los cursos de reciclaje?

Todo vigilante de seguridad con un año en la empresa debe realizar la formación permanente anual (cursos de reciclaje).

¿Cuál es la duración y modalidad exigida?

Mínimo 20 horas al año por vigilante; hasta 10 horas pueden ser online. El 50% debe ser presencial según el tipo de acción y la Orden INT/318/2011 (art. 7).

¿De quién es la responsabilidad de programarlos?

De la empresa de seguridad, que debe establecer calendarios de formación para toda su plantilla.

En Brafor podemos ayudarte con esta tarea además de sugerir los «cursos de reciclaje» apropiados.

¿Qué sanciones existen por incumplimiento?

  • Empresa: infracción grave por usar personal sin reciclar (Ley 5/2014, art. 57.2.h), con sanciones del art. 61 (de 3.001€ a 30.000€), posible suspensión temporal de autorización/declaración responsable y prohibición de representación de 6 a 12 meses.

  • Vigilante: infracción grave por negarse a realizar la actualización (Ley 5/2014, art. 58.2.i), con sanciones del art. 62 (de 1.001€ a 6.000€) y posible suspensión temporal de habilitación de 6 a 12 meses.

¿Ofrecen adaptación por cliente/centro?

Sí, estamos en la posibilidad de ajustar los cursos de reciclaje en cuanto a contenidos y calendario por servicio.

¿Gestionáis la documentación de asistencia y certificados?

Sí. Entregamos actas, certificados, evaluaciones y registros listos para auditoría para todos los cursos de reciclaje.

¿Cual es el marco normativo?

El marco normativo que incluye los cursos de reciclaje se contempla en:

  • RD 2364/1994, art. 57 (Reglamento de Seguridad Privada).

  • Orden INT/318/2011, art. 7 (formación de actualización y especialización; mínimos de 20 h/año y presencialidad).

  • Ley 5/2014 de Seguridad Privada, arts. 57.2.h, 58.2.i, 61 y 62 (régimen sancionador).

  • Obligación: el personal de seguridad privada debe participar en acciones formativas anuales de 20 h; 10 h pueden ser a distancia.

Evita sanciones, y mejora el desempeño de tu personal.

La empresa que no facilite la formación anual obligatoria (cursos de reciclaje) al personal de Seguridad Privada comete una infracción tasada como grave en el art. 57.2.h de la Ley 05/2014, la cuál viene aparejada con las sanciones del artículo 61 de la misma Ley (de 3.001 a 30.000€), la suspensión temporal de la autorización o de la declaración responsable por un plazo de entre seis meses y un año y/o la prohibición para el responsable de ocupar cargos de representación legal en empresas de seguridad privada por un plazo de entre seis meses y un año.

Diseñamos e implantamos tu plan anual de formación con evidencia documental garantizada.

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